Acuerdos de la Asociación Económica: Otro acuerdo comercial entre ACP y la UE es posible y conveniente

Instrucciones Políticas

“a medida que la fecha límite […] se acerca, se crea el peligro de que nuestras agrupaciones regionales se vean presionadas a aceptar EPA que no tengan suficientemente en cuenta los intereses de desarrollo a largo plazo de África”

Elizabeth Tankeu, Comisaria de Comercio de AU

Conferencia de Ministros de Comercio de AU, enero de 2007

  1. Resumen

Las negociaciones de la EPA entre la UE y los países de ACP se encuentran a pocos meses de su fecha límite, fijada para diciembre de 2007, y aún está lejos de la convergencia necesaria para que concluya dentro del espíritu de asociación del Acuerdo de Cotonú y de poder asegurar un resultado de desarrollo.

Estos acuerdos pretenden reemplazar una relación comercial particular de treinta años de duración, basada en preferencias comerciales unilaterales, con nuevos planes comerciales que deben apoyar la transformación estructural y económica de las economías de ACP. Éste es un asunto de ACP extremadamente ambicioso para las negociaciones de la EPA, la cual va más allá de pactar un simple acuerdo de comercio regional libre.

ActionAid cree que los Acuerdos de la Asociación Económica no aportaran un desarrollo a los países de ACP puesto que:

  • No proveen el marco necesario para el desarrollo a favor de la población pobre, ya que exponen a agricultores de ACP de pequeña escala y a pequeñas industrias a la injusta competición de los productos agrícolas subsidiados europeos y de industrias altamente competitivas creando, de este modo, un terreno de juego desigualado,
  • Tienen un enorme potencial para desautorizar el derecho a la alimentación de los países de ACP y las obligaciones que tienen la UE y los países de ACP en referente a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas,
  • No proporcionan un marco temporal y secuencial adecuado, puesto que exigen a los países de ACP que se liberalicen de forma paralela a la transformación estructural de sus economías,
  • Tendrán efectos bastante severos en los ingresos de los gobiernos de ACP para los gastos públicos,
  • No proporcionan un desarrollo financiero adecuado para ajustarse a la ambición del cambio que se exige,

En cambio, ellos:

  • Distraen de existentes procesos de integración a nivel regional dentro de las regiones de ACP y de las necesidades y prioridades específicas que surgen a partir de este hecho,
  • Aumentan la presión y la competición sobre recursos naturales cada vez más limitados como el pescado, la tierra y el agua, el cual es particularmente importante para garantizar una seguridad alimentaria de la población de las regiones,
  • Facilitan las necesidades de las industrias europeas para tener un acceso continuo a materiales baratos que no han sido tratados.
  • Debilitan el papel del Estado limitando severamente el espacio político de ACP y reduciendo los ingresos del gobierno para los gastos públicos.

Un nuevo acuerdo que se está levantando en la GSP+, cuadraría el círculo de hacer compatibles y prácticamente no menos favorables que los existentes.

  1. Negociaciones de la EPA: presión para escoger la opción correcta

Las negociaciones de los Acuerdos de Asociación Económica entre la Unión Europea y el grupo de los países de ACP han entrado en una fase crítica. La fecha límite para la finalización de las negociaciones se ha programado para finales de 2007 y aún se deben discutir en profundidad muchas divergencias entre la UE y los países de ACP sobre las implicaciones a largo plazo y la dimensión de desarrollo. Particularmente en temas como el acceso al mercado y programas de reducción de aranceles, nivel de protección de los productos agrícolas de ACP, compromisos de liberalización que van más allá de mercaderías, la financiación de desarrollo, la cual es esencial para tratar de resolver restricciones indirectas de abastecimiento y necesidades especificas relacionadas con EPA.

Estos acuerdos pretenden reemplazar una especial relación comercial de treinta años de duración, durante los cuales los países de ACP se beneficiaron de un acceso unilateral y libre de impuestos al mercado de la UE en la mayoría de sus exportaciones y con seis acuerdos de comercio bi-regionales distintos. La base de la UE para negociar EPA como acuerdos de comercio libre recíprocos es el fracaso de las preferencias de comercio para proporcionar un mayor crecimiento comercial y para ayudar a los países de ACP con la dependencia en las materias primas.

En un mundo globalizado, el comercio puede contribuir a un desarrollo económico y puede ser una herramienta poderosa de crecimiento nacional. Sin embargo, se reconoce ampliamente que la liberalización en sí no produce necesariamente crecimiento comercial y económico y aún menos desarrollo. Desde los inicios de las negociaciones de la EPA, los países de ACP mantenían que las EPA debían dar apoyo a la transformación económica y estructural de las economías de los países de ACP; un proceso de transformación estructural que añade, de forma progresiva, más valor a los bienes y servicios producidos en las regiones de ACP en formas que generan un incremento de empleo e ingresos rurales y no debilita la seguridad alimenticia o la propiedad municipal total de estos procesos.

Éste es un asunto de ACP extremadamente ambicioso para las negociaciones de la EPA, la cual va más allá de pactar un simple acuerdo de comercio regional libre. Requiere una crítica meticulosa de cada uno de los aspectos de los propuestos acuerdos de la EPA para determinar con cuánta precisión se debe contribuir en este proceso de transformación estructural, el cual es esencial para ayudar a los ciudadanos de ACP a salir de la pobreza. Esto es la prueba decisiva para los propuestos acuerdos de la EPA con los países de ACP [1].

ActionAid cree que, si se compara con otros posibles acuerdos en cuanto a compensación, a saber, la amplitud de concesiones de liberalización que deben hacer los países de ACP para recibir un poco más de abertura de mercado de las EPA de la UE, son menos convenientes para los países de ACP que otras opciones. Las EPA no proveen un acceso sustancial del mercado nuevo a los países de ACP, sino que les piden una liberalización comercial muy ambiciosa (por tanto, el principio de reciprocidad más que completa se invierte en la realidad) y no aporta un nuevo financiamiento de desarrollo a las existentes obligaciones de la FDE.

Por tanto, la UE debería ofrecer un acuerdo comercial que proporcione a los países de ACP un acceso equitativamente generoso al mercado para las preferencias de Cotonú. Desde el punto de vista de ActionAid, esto no sólo es posible, sino también conveniente para los países de ACP.

Un nuevo acuerdo que se está levantando en la GSP+, cuadraría el círculo de hacer compatibles y prácticamente no menos favorables que los existentes.

ActionAid apoya la opinión jurídica de la Secretaría de la Comunidad Británica de Naciones, donde se dice que los compromisos pactados en el Acuerdo de Cotonú permanecerán en su lugar si la EPA no ha finalizado y ha entrado en vigor hacia el 1 de enero de 2008. La compatibilidad de la OMC no tiene prioridad sobre los compromisos pactados en el Acuerdo de Cotonú como la definición de nuevos acuerdos comerciales. Por lo tanto, en el posible caso de que la UE y los países de ACP continúen aún negociando después del final del 2007, las preferencias de Cotonú deberían continuar y no debería ocurrir ningún trastorno comercial.

Los países de ACP están negociando estos acuerdos de buena fe, y de buena fe están levantando preocupaciones, generalmente compartidas por un gran número de compañías económicas, ONG, agencias de las UN y otras instituciones. Es necesario que sus preocupaciones se asuman sin ningún tipo de represalia.

¿C¿Cuáles son las preocupaciones clave sobre las EPA?

2.1 ¿Producirán las EPA desarrollo?

La agricultura y los productos de agro-alimentación juegan un papel muy importante, no sólo como medio de vida de las comunidades, sino también para crear oportunidades para un desarrollo sostenible a favor de la población pobre. Es la actividad primaria del 60% de la población en el África sub-sahariana y en algunos países justifica más de la mitad del PIB. La agricultura es también de una importancia primordial en cuanto a ganancias en exportación. Los agricultores de pequeña escala producen la mayoría de la producción agrícola de África, en particular alimentos básicos críticos para la seguridad alimentaria. Las EPA deberían basarse en este activo para el desarrollo económico a través de la agregación de valor y la transformación mientras se garantiza la seguridad alimentaria de la población local.

Sin embargo, la completa eliminación de los aranceles dejará sin protección a la agricultura de los países de ACP de la inundación del mercado con productos agrícolas europeos subsidiados. Estas descargas de productos causan un daño masivo a los agricultores de los países en vías de desarrollo que no pueden competir con los productos baratos que inundan sus mercados, hecho que les obliga a cerrar sus negocios. Los aumentos en importación provinentes de Europa diezmarán los medios de vida de la población rural y tendrán también un efecto negativo en el desarrollo de industrias locales.

La oferta actual de la UE no encara estos problemas de forma adecuada. La UE ha ofrecido la eliminación de los subsidios de exportación para los productos en los cuales los países de ACP elimine los aranceles (aproximación cero por cero) Los subsidios de exportación no representan la mayor causa de inundación de mercado, y la eliminación de éstos ya ha sido sometido a la consideración de la conferencia ministerial de la OMC que tuvo lugar en Hong Kong en diciembre de 2005. Los subsidios domésticos, que representan una proporción mucho mayor de la ayuda para sus agricultores, tienen efectos de distorsión sobre el comercio.

Además, mientras que la UE reconoce la necesidad “para largos períodos para el desmantelamiento de los aranceles” y para excluir algunos productos de la eliminación de aranceles a causa de su importancia en cuanto a seguridad alimentaria y medios de vida, quiere limitar su aplicación para casos extremadamente excepcionales de productos nuevos.

2.2 ¿Cuáles son las posibles consecuencias de la EPA respecto a otras obligaciones estatales, como el derecho a la alimentación?

La inundación de productos agrícolas de bajo precio, el posterior desplazamiento de los productores locales y la pérdida de negocios locales que no pueden competir con las empresas europeas pueden tener consecuencias graves respecto al derecho a la alimentación para la población pobre en los países de ACP. El derecho a la alimentación es un derecho humano y es una obligación que se debe cumplir puesto que está establecido por leyes como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional en Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Trata de garantizar que todo el mundo tenga la capacidad de alimentarse con dignidad. Incluye no sólo la disponibilidad de alimentos sino también el acceso a la alimentación. La alimentación debe ser física y económicamente accesible para todos y debe también ser segura, cumplir los niveles de adecuación nutricional y ser aceptable culturalmente.

Mediante la firma de EPA, los gobiernos de los países de ACP se enfrentarán con el reto de no ser capaces de cumplir con su obligación de proporcionar el derecho a la alimentación y a la posibilidad de un reto bajo el sistema de las NU. De hecho, el comercio no puede darse si se actúa fuera o dejando de lado el marco de los Derechos Humanos. La mayoría de los Estados que firman acuerdos comerciales multilaterales y montan áreas de comercio libre forman parte también de los mayores acuerdos internacionales y regionales sobre los Derechos Humanos. Han aceptado la primacía de los Derechos Humanos mediante la firma de la Declaración de Viena, en la cual declaran que “los Derechos Humanos son la primera responsabilidad de los gobiernos” [2], por lo que los Estados están obligados a respetar, proteger y cumplir los Derechos Humanos, no sólo en decisiones internas, sino también en sus relaciones con los otros países.

2.3 Reducción de ingresos del gobierno para gastos públicos

Otra gran área de preocupación relacionada con la progresiva eliminación de los aranceles de aduana es la reducción de los ingresos del gobierno. Esto afectará a la capacidad de "inversión" de los gobiernos de los países de ACP en “políticas públicas", hecho que tendrá repercusión directa con los sectores de la educación y la santidad, Así como con el apoyo al desarrollo comercial y apoyo agrícola.

Las conclusiones de los varios estudios llevados a cabo en países que ya encaran la introducción del comercio libre con la UE, exponen que los efectos pueden ser bastante graves.

La Comisión Europea ha elaborado compromisos muy imprecisos para absorber las pérdidas fiscales haciendo referencia a “pérdidas netas” [4] no especificadas y no está dispuesta a hacer logros de la reforma fiscal una pre-condición para la reducción de aranceles.

Los gobiernos de los países de ACP y los Parlamentos nacionales se encontrarán enfrentados con el reto de hacer cuadrar el incremento de la demanda de su población con el descenso de los presupuestos. Por lo tanto, con un presupuesto nacional en descenso, será mucho más dificultoso para los países de ACP cumplir con los objetivos de la MDG, hecho que les hará cada vez más dependientes de la ayuda que reciban del exterior.

2.4 ¿El desarrollo financiero ofrecido por la Comisión Europea está a la altura del reto?

Igualmente importante que la ecuación del desarrollo es la dimensión financiera de las EPA, las cuales piden un proceso de ajuste masivo a los países de ACP. Esto a sido estimado por el valor de 9.2 billones de euros para los próximos 10 años según la Secretaría de la Comunidad Británica de Naciones. Por tanto, existe una necesidad aplastante de que se despliegue.

A la luz de esto, los países de ACP han estado pidiendo recursos adicionales para fortalecer su infraestructura económica y sus capacidades de producción para tratar los costes de ajustes relacionados con la EPA como prerrequisito para definir qué nivel de ambición pueden alcanzar en las negociaciones.

La Comisión Europea ha hecho varias declaraciones en las que afirman que la ayuda se incrementaría, por ejemplo en el FDE (incremento del 35%), el Programa Indicativo Regional (50%) y una sustancial porción del acuerdo global de la Ayuda para el Comercio destinado a los países de ACP. Sin embargo, la realidad es que:

  • El desembolso actual de la FDE descenderá un 37% [5] a causa de los cambios en los procedimientos de desembolso y la nueva "aproximación úsalo o piérdelo [6]".
  • De los dos billones de euros del acuerdo global de Ayuda para el Comercio, las nuevas cantidades de 700 millones de euros de los Estados miembro aún no se han materializado. La Comisión Europea está usando el lento ritmo de distribución por los Estados miembro como baza en las negociaciones para forzar a los países de ACP a aprobar la liberalización. Por lo tanto, los Estados miembro no han especificado qué significa realmente la porción "sustancial" que se repartirá a los países de ACP ni cuándo se decidirá [7]. Esto es a causa de que la Comisión está usando el mismo acuerdo global como baza en las negociaciones tanto de la OMC como de la EPA.
  • Finalmente, la Comisión Europea está intentando restringir y hacer “enlaces para un desarrollo financiero” [8] en los temas de la EPA. Esto significa que, a pesar de que no se cambien los compromisos de la EPA, los compromisos de ayuda podrían cambiar con el tiempo (por ejemplo en la revisión del Acuerdo de Cotonú).

3. ¿Las EPA deberían entrar en vigor antes de que reciban la ratificación formal de los parlamentos nacionales?

El proceso de ratificación de las EPA es largo y requiere la participación de los parlamentos nacionales, por ejemplo, a través de debates, escrutinios, análisis de implicaciones presupuestarias y/o ratificación. Esto hace que la entrada en vigor prevista para el 1 de enero de 2008 sea otro reto.

En el encuentro de ministros de Junta de Comercio de la UE y de ACP, el comisionario Mandelson sugirió "hacer previsiones en el texto de la EPA para la inmediata entrada en vigor de la ratificación pendiente de la EPA por los parlamentos nacionales”[9].

La participación de los parlamentos nacionales, incluyendo la ratificación si es el caso, representa un paso fundamental en la toma democrática de decisiones. Pasar por encima este proceso con una inmediata entrada en vigor, privará a los parlamentarios de su poder de escrutinio y, por consiguiente, asciende a debilitar el gobierno democrático.

4. ¿Qué sucederá si la EPA no entra en vigor el 1 de enero de 2008 [10]?

Las negociaciones han experimentado retrasos considerables y a día de hoy persisten varias divergencias en el enfoque y en el fundamento de los acuerdos. Por consiguiente, se han levantados dudas sobre la capacidad de concluir las negociaciones a tiempo y de disponer de las medidas administrativas, legales y reguladoras para que la EPA entre en vigor el 1 de enero de 2008 de forma efectiva. Una pregunta crítica para los negociantes y los comerciantes se plantea en la posición de las importaciones de no-LDC en caso de que las EPA no entraran en vigor en esa fecha.

Una opinión legal de la Secretaría de la Comunidad Británica de Naciones, explica —o demuestra— que “ningún fallo resultante en terminar las EPA el 1 de enero de 2008 exime el EC de su obligación de Cotonú de proporcionar un trato preferente a los países de ACP no LDC en términos equivalentes a aquéllos que actualmente obtienen. Por lo tanto, “la obligación bajo el Acuerdo de Cotonú queda válida, sujeta a revisión o denuncia hasta el 2020" [11].

De hecho, el artículo 300(7) del Tratado de la EC, expone que los acuerdos internacionales "deben ser vinculantes para las instituciones de la Comunidad y para los Estados miembro", tal como fue reafirmado por la Corte Europea de Justicia (ECJ).

Esta opinión legal refutan los puntos de vista del comisionario Mandelson de que “si no disponemos de un nuevo régimen comercial a finales de este año, la Comisión no tendrá más poción legal que la de ofrecer a las regiones preferencias de GSP menos generosas.

5. ¿Las reglas de la OMC tienen primacía por encima de las obligaciones pactadas en el Acuerdo de Cotonú?

La Comisión Europea ha afirmado en varias ocasiones que la fecha límite de final de 2007 para completar las negociaciones de la EPA es un punto que no se puede negociar a causa del vencimiento del documento de renuncia de la OMC y de las obligaciones hacia los otros miembros de la OMC.

Esto daría sentido a los negociadores y a los líderes políticos de ACP de que los compromisos de la UE en el OMC tienen primacía sobre los que se pactaron en el Acuerdo de Cotonú.

Sin embargo, el artículo 91 del Acuerdo de Cotonú, estipula que “ningún tipo de tratado, convención, acuerdo o pacto de ningún tipo entre uno o más Estados miembro de la Comunidad y uno o más estados de ACP pueden impedir la implementación de este Acuerdo". Además, el artículo 3 del Acuerdo de Cotonú impone la obligación a la CE de "tomar todas las medidas apropiadas, ya sean generales o particulares, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones surgidas a partir de este Acuerdo y para facilitar la realización de los objetivos del mismo".

“La situación financiera de Lomé Acquis, dentro de las leyes de la Comunidad, representada ahora por el Acuerdo de Cotonú, está altamente reconocida y proporciona una base para la reivindicación de derechos, así como una crítica estándar de la legalidad de las acciones de la Comisión y/o de los Estados miembro. A la inversa, los Acuerdos de la OMC no proporcionan un estándar general en contra del cual se deben probar las leyes de la Comunidad [12].

Por lo tanto, el argumento de la Comisión Europea para “dar precedencia al requisito de la compatibilidad de la OMC en la definición de nuevos acuerdos comerciales” fracasa en reconocer la validez continuada del Acuerdo de Cotonú en la ley de la Comunidad. Los retos que podrían presentarse no eximen a los partidos de sus obligaciones bajo el Acuerdo de Cotonú[13].

6. ¿Las EPA son las únicas opciones viables? NO: otro acuerdo comercial es posible y conveniente [14]

El Acuerdo de Cotonú expone claramente que el objetivo primario de cualquier acuerdo comercial entre la UE y ACP es el desarrollo y que las negociaciones se deberían informar por el principio de sociedad. Sin embargo, la CE está usando su poder político y económico para forzar “su” visión de las EPA sobre los países de ACP. En ausencia de evidencias convincentes para demostrar que las EPA son el mejor instrumento para proporcionar resultados de desarrollo, es necesario investigar si otras opciones alternativas son viables y convenientes.

Un ejemplo es un GSP+ mejorado. Esto podría ofrecer un acceso al mercado amplio para los países de ACP, casi equivalente a las preferencias de Cotonú. Con la necesaria voluntad política, la CE podría ofrecer otras opciones, como un GSP mejorado. Sin embargo, la Comisión ha refutado la investigación de esta opción con los países en vías de desarrollo.

Conclusiones y recomendaciones

Las posiciones aún son muy divergentes y se han levantado bastantes dudas respecto a la capacidad y conveniencia para la mayoría de las regiones de ACP de firmar las EPA para finales de este año y de ejecutarlas el 1 de enero de 2008.

Para cumplir la fecha límite, una de las dos bandas —con más posibilidades la más débil— debería abandonar su posición. Además, los parlamentos nacionales no tendrían el tiempo suficiente para examinar de forma adecuada ningún posible acuerdo para asegurar que el desarrollo, la sociedad y la reducción de la pobreza son el centro de cualquier acuerdo.

Los líderes políticos de ACP no deberían ser puestos bajo presión y darse prisa para firmar un acuerdo que podría determinar el futuro de su población.

Por esto, la UE debería:

  • pactar compromisos más amplios para la eliminación de cualquier forma de subsidio que tenga efectos de distorsión y de inundación de mercado,
  • Proporcionar un reaseguro para cumplir con los compromisos pactados en el Acuerdo de Cotonú y proporcionar preferencias de Cotonú en caso de que la EPA no entre en vigor el 1 de enero de 2008,
  • Asegurar el derecho extensivo de proteger los productos agrícolas delicados en los países de ACP,

Los países de ACP y la UE deberían:

  • reafirmar la primacía de los Derechos Humanos siguiendo la Declaración de Viena, el la cual se declara que “los Derechos Humanos son la primera responsabilidad de los gobiernos".
  • Reafirmar la importancia del derecho a la alimentación como derecho humano y como obligación establecida por leyes como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional en Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  • Reafirmar claramente que dan valor al gobierno responsable y democrático y por lo tanto no pasarán por encima del papel de los parlamentos nacionales antes de la entrada en vigor de cualquier acuerdo.r de cualquier acuedtrada e ntos nacionales antes de la entrada e encias de Cotonou en caso de qu mya_____________________

Los países de ACP deberían:

  • Ser capaces de reintegrar aranceles a productos para protegerlos de las importaciones que tienen un efecto de distorsión en el comercio y de inundación de mercados.
  • Hacer una petición explícita a la Comisión Europea para que se investigue otros posibles acuerdos alternativos que sigan las líneas de mejora de la GSP+.



[1]Referencias para respaldarlo: Trade scape, a matter of political will; ODI IDS

[2]Declaración de Viena y Programa de Acción de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Art. 1, A/CONF.157/23.

[3] Acuerdo, Artículo de retos legales para las EPAs basados en los Derechos Humanos, diciembre de 2007, no publicado.

[4] El comisionario Michel dirigiéndose a los ministros de comercio de ACP en el encuentro de junta de Ministros de la UE y ACP, el 1 de marzo de 2007, Bruselas.

[5] Paul Goodison, El Misterio de la “perdida” 10ª FDE, enero de 2007.

[6] Desde el 2000, la Comisión Europea cambió los procedimientos en el funcionamiento del desembolso de la FDE. Como resultado, la novena FDE cubrió el período 2002-2008 (en vez de 2000-2005) y la décima FDE cubrirá desde 2010 hasta 2015 (en vez de 2005-2010), período durante el cual la 11ª FDE debería haber funcionado. Esto significa que solamente habrán dos asignaciones financieras de 5 años en vez de tres durante los años comprendidos entre 2000 y 2015. Desde que la Comisión adaptado una aproximación “úsalo o piérdelo”, todos los fondos que no se han gastado no se pospondrán para la siguiente FDE, sino que se devolverán a Bruselas. Paul Goodison. El Misterio de la “perdida” 10ª FDE. Enero de 2007.

[7] Mesa redonda en “Qué valor añadido buscar por parte de la estrategia de la UE para ayudar en el comercio”, organizada por MEP David Martin MEP en el Parlamento Europeo en 5 de junio de 2007.

[8] Discurso del comisionario Mandelson en el encuentro de Junta de Ministros de la UE y ACP del 1 de marzo de 2007 en Bruselas.

[9] Ibidem

[10] Esta sección está basada en la opinión legal de la Secretaría de la Comunidad Británica de Naciones, titulada “Secretaría de la Comunidad Británica de Naciones, Opinión sobre el Régimen General Preferencial, aplicable a la importación de bienes originando no-LDC en ACP, fracasando la conclusión y entrada en vigor de la EPA el 1 de enero de 2007”. Marzo de 2007.

[11] Secretaría de la Comunidad Británica de Naciones, Opinión sobre el Régimen General Preferencial, aplicable a la importación de bienes originando no-LDC en ACP, fracasando la conclusión y entrada en vigor de la EPA el 1 de enero de 2007. Marzo de 2007, página 1 y 2.

[12] Ibidem, pág. 10.

[13] Ibidem, pág. 15.

[14] ActionAid et al., Sociedad bajo presión, Una Valoración de la Conducta de la Comisión Europea en las negociaciones de la EPA. Mayo de 2007.

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